Centro de Estudios Histórico Militares del Perú

Fundado en Lima el 6 de diciembre de 1944, es la más alta entidad encargada de investigar, estudiar y difundir la Historia General y Militar del Perú; constituye la más antigua de su género en América.

Estatuto del Centro de Estudios Histórico Militares del Perú

Decreto Supremo N° 004 – 2004 – DE / SG
Fecha: 04/02/2004

Titulo I.  De los Objetivos y fines

“Artículo 1°

El Centro de Estudios Histórico Militares del Perú (CEHMP) fundado en Lima el 6 de diciembre de 1944 y reconocido por Decreto Ley N° 11216, de 2 de diciembre de 1949, es un organismo nacional público; con personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera; encargado de investigar, estudiar, custodiar, promover y divulgar la Historia General y Militar del Perú; así como velar por la conservación del acervo patriótico que le corresponde”. Debo resaltar el hecho de que el Centro de Estudios Histórico Militares del Perú es una institución privada que se encuentra respectivamente inscrita en los Registros Públicos.

“Artículo 2°

“De acuerdo al Decreto Ley de su creación, No 11216, los nuevos Estatutos serán aprobados por el Gobierno a través del Ministerio de Defensa”.

“Artículo 3°

“Son fines del Centro de Estudios Histórico Militares del Perú.

  1. Estudiar, investigar, desarrollar, promover y difundir temas relacionados con la Historia General del Perú.
  2. Promover la investigación de temas histórico militares.
  3. Difundir mediante conferencias, certámenes, seminarios, publicaciones, Internet, etc., temas sobre tópicos histórico militares particularmente de sucesos memorables poco difundidos.
  4. Propiciar y contribuir a la formación de historiadores militares y especialistas de acuerdo a sus propios fines; así como orientar los criterios y niveles para la enseñanza de la Historia Militar.
  5. Conservar y mantener el patrimonio documental.
  6. Velar por la conservación de los bienes que atestigüen el acervo histórico militar.
  7. Relacionar al Centro de Estudios Histórico Militares del Perú con instituciones de carácter histórico cultural que persiguen objetos compatibles con los suyos”.

“Artículo 4°

“El Centro de Estudios Histórico Militares del Perú funciona bajo los auspicios de los Ministerios de Defensa y del Interior. Establece sus relaciones con el Gobierno por intermedio del Ministerio de Defensa”.

“Artículo 5°

“El Centro de Estudios Histórico Militares del Perú es ajeno a toda clase de discusión o debate de carácter político partidarista, religioso o racial”.

“Artículo 6°

“El Centro de Estudios Histórico Militares del Perú tiene como domicilio la ciudad de Lima”.

“Artículo 7°

“El Centro de Estudios Histórico Militares del Perú tiene como patrono al Inca Garcilaso de la Vega, primer gran historiador peruano”.